Conozca a su cliente y evitará sanciones
Esta afirmación cobra mayor validez que nunca, a raíz de la reciente operación “Emperador” contra la presunta trama de blanqueo de capitales de la mafia China que operaba en España.
Para ponerle en situación: la red obtenía el dinero negro de los productos que importaba de China para vender en los establecimientos ” todo a 100″. Una parte de estas mercancías no era declarada a Hacienda y el dinero negro se blanqueaba a través de dos mecanismos: el más sencillo consistía en contratar a personas que sacaban el dinero del país en bolsas ocultas durante sus viajes a China; el más sofisticado contó con un grupo de ciudadanos españoles e israelíes que lavaban el dinero en paraísos fiscales.
Un escenario real: un nuevo cliente entra en la oficina para abrir una cuenta con una cantidad de dinero nada despreciable y alguien muy amable empieza a hacerle preguntas de cortesía: ¿Qué media de fondos moverá al año? ¿Es residente o no residente? ¿Qué tipo de operativa…? ¿Hará transferencias al extranjero? Con los resultados de esta “encuesta” se calcula el rating del cliente (del uno al diez), no como calificación de solvencia, sino de sospecha. Aquéllos sobre cuyas operaciones van a prestar mayor atención los bancos y a investigar con más empeño, obtendrán las calificaciones más altos.
El estudio de KPMG dice textualmente: “Las entidades bancarias son capaces de identificar si un cliente podría ser una PEP. Sin embargo, son menos capaces de utilizar esta información de forma permanente para gestionar el riesgo de que en su institución se pueda llevar a cabo el blanqueo de los fondos obtenidos mediante soborno, corrupción o delito financiero de otro tipo (ej.: evasión fiscal)”.
Fuente: informe elaborado por KPMG. Incluye 179 entrevistas a directivos de bancos de 69 países, realizadas a finales del 2011.
En definitiva, si un banco asiático ha rechazado la operación de un cliente específico, esa situación se traslada de forma inmediata a las bases de datos de los bancos, y este cliente vuelve a ser un cliente atractivo para cualquier entidad. Las entidades financieras pueden adquirir las listas PEP, que van a ser complementarias a las otras listas que pueda elaborar cada banco tras su investigación de clientes puntuales. El asunto, es que una vez compradas, no son objeto de revisión permanente, sólo las excepciones más llamativas son integradas de forma automática.
KYC, know your customer, conoce a tu cliente. Es la regla básica que aplican las entidades financieras para prevenir la llegada de dinero sospechoso a sus organizaciones y evitar sanciones, y en definitiva, la práctica indispensable para evitar sanciones. Aunque dicho en pocas líneas parece una cuestión de sentido común y de fácil aplicación, su implementación representa un reto para la mayoría de las organizaciones financieras.
Esto ocurre principalmente debido a 3 razones:
- Requiere de la consolidación (unión y fusión) de toda la información disponible del cliente, a lo largo de la organización y fuera de ella.
- Requiere de la construcción de mecanismos de acceso y perfiles de seguridad, que entregue a cada empleado únicamente la información para tomar decisiones vinculadas a su trabajo.
- Requiere de la implantación de procesos y procedimientos (automáticos y manuales) que faciliten su actualización permanente, combatan la obsolescencia de la información y, en definitiva, construyan una verdadera “memoria corporativa”.
La tecnología: el mejor aliado en la prevención
Por la importancia que tiene el conocimiento del cliente, es indispensable contar con la tecnología adecuada para ello. En la actualidad, existen aplicativos diseñado específicamente para reducir y controlar el riesgo de exposición al blanqueo de capitales de cualquier sujeto obligado.
Estas aplicaciones deben satisfacer las necesidades de: clasificación, recopilación, análisis de datos, gestión de documentos, flujos de trabajo, elaboración de reportes, comunicaciones mensuales y estadísticas; todas éstas, acciones indispensables para cualquier unidad de prevención de blanqueo de capitales con independencia de su tamaño.
Una entidad financiera debe disponer de las herramientas que le permitan (de manera organizada, sistematizada y con los mayores automatismos) trabajar los aspectos ya previstos por la ley:
- Identificar, clasificar y conocer a los clientes naturales o jurídicos con los que las entidades financieras tienen relación.
- Acreditar la debida diligencia y facilitar el análisis de las operaciones y operativas que permitan la detección de actividades sospechosas.
- Clasificar en riesgo a sus clientes.
- Aplicar medidas de prevención simplificadas, normales o reforzadas en función del riesgo de cada cliente.
- Facilitar el seguimiento continuado de sus clientes.
- Profundizar en el análisis y seguimiento de operaciones sospechosas (intervinientes, identificación de clientes, titulares interpuestos, medios de pago, características atípicas, opacidad sobre la titularidad, origen…).
- Facilitar la incorporación de procedimientos contenidos en los manuales operativos, así como poder adoptar rápidamente las recomendaciones que se reciben por parte de inspectores y expertos.
- Automatizar, documentar y optimizar las comunicaciones internas y externas (OCIC, órganos de control, etc.).
- Mantener un registro histórico de 10 años.
- Gestionar la documentación identificativa y de acreditación de actividad económica de forma electrónica.
Con el fin de disponer de una visión global, en tiempo real, y de un mayor control de las actuaciones, será indispensable que la tecnología empleada por la unidad de prevención de blanqueo de capitales se integre con otros sistemas y fuentes de información existentes.